Este es el procedimiento habitual para la constitución de sociedades.
- NOSOTROS: En el Registro Mercantil Central, la solicitud de denominación, (nombre de la empresa o sociedad) que deseas.
- NOSOTROS: Ofrecemos la posibilidad de solicitar en la Agencia Tributaria el Código de Identificación Fiscal (CIF) provisional de la empresa a constituir, para agilizar los trámites.
- TU/VOSOTROS: Apertura de una cuenta bancaria, e ingreso del capital social. Entrega a nosotros de la certificación bancaria del depósito del capital social mínimo, necesario por ley para la constitución de la sociedad.
- NOSOTROS: enviamos toda la documentacion a la notaria y acordamos día y hora para la firma de la escritura de constitución, estatutos y poderes.
- NOSOTROS: En la Comunidad de Madrid, liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados, por las Operaciones Societarias.
- NOSOTROS: En el Registro Mercantil Central, la inscripción de la escritura de constitución.
- NOSOTROS: Nuevamente en Agencia Tributaria: obtención del Código de Identificación Fiscal definitivo, alta en censos y Actividades Económicas, así como del resto de las obligaciones tributarias.
- NOSOTROS: Caso de ser necesario, en la Seguridad Social: inscripción de la empresa, alta como autónomo y si es el caso, alta de los trabajadores.
“ Unos hacen lo que saben, nosotros sabemos lo que hacemos ”